Protección al Menor

POR UNA INFANCIA Y ADOLESCENCIA SEGURA EN LA PRÁCTICA DEPORTIVA EN ANDALUCÍA”

La Ley orgánica 8/2021 de protección integral de la infancia y adolescencia frente a cualquier tipo de violencia, impone una serie de obligaciones a las administraciones y entidades detivas, fundamentalmente:
– Tener designada una persona Delegada de Protección de Personas menores.
– Que las personas que tengan contacto diario con personas menores de edad, así como la persona Delegada, dispongan de la formación mínima relacionada con la materia de prevención y detección de situaciones de violencia contra la infancia y adolescencia.
– Poner en marcha el protocolo básico facilitado la institución pública correspondiente.

Por su parte, La Consejería de Cultura y Dete de la Junta de Andalucía, mediante la Orden de 18 de noviembre de 2024, ha aprobado el Protocolo Marco de Actuación para la Protección de Personas Menores frente a la Violencia en el Dete, de obligado cumplimiento para la práctica detiva con personas menores de edad, así como para aquellas otras actividades derivadas y/o necesarias para su realización.
Es de aplicación para los sujetos que participen en las actividades detivas con personas menores de edad y concretamente entre otros para los Clubes Detivos Andaluces.

Desde el club CerroPuertaImpulseTri queremos fomentar la protección al menor y ellos hemos actuado acorde a la normativa desarrollando la siguiente estructura para dar sote.

  • Delegado de protección al menor: Francisco García Reguera
  • Email: impulsetri@gmail.com

Links informativos:

Normativa Interna y documentación relativa, CerroPuertaImpulseTri: